Impuestos a ricos y IVA del 19% a licores: decreto clave
El aumento de impuestos a contribuyentes de altos ingresos y la aplicación del IVA del 19% a licores y juegos de azar por internet se convirtieron en las medidas más relevantes del Decreto 1474 de diciembre de 2025, expedido por el Gobierno nacional para atender los gastos urgentes del Presupuesto General de la Nación en el marco del Estado de Emergencia Económica y Social. La decisión, liderada por el Ministerio de Hacienda, introduce cambios tributarios de impacto inmediato que afectan a sectores estratégicos de la economía y a consumidores en todo el país durante el año gravable 2026.
El decreto se deriva del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto 1390 de 2025, que faculta al presidente de la República, con la firma de todos los ministros, para adoptar medidas con fuerza de ley destinadas exclusivamente a conjurar la crisis y evitar la extensión de sus efectos. En este contexto, el Gobierno estableció nuevos tributos y ajustó impuestos existentes de manera transitoria, con el objetivo de asegurar recursos adicionales que permitan responder a las presiones fiscales del Estado.
Uno de los puntos que más debate ha generado es la decisión de gravar con el impuesto sobre las ventas del 19% a los bienes sujetos al impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y productos similares. Esta medida aplicará durante todo el año gravable 2026 e incluye tanto los productos regulados por la Ley 223 de 1995 como aquellos sometidos a la participación departamental en los territorios donde rige el monopolio de licores destilados. El cambio representa un ajuste significativo en el precio final de estos productos, con posibles efectos en el consumo y en los ingresos fiscales de los departamentos.
A este ajuste se suma la inclusión de los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet dentro del IVA del 19%. La base gravable se definió como los ingresos brutos del juego, calculados a partir del total de las apuestas realizadas menos los premios pagados en el bimestre correspondiente. La medida busca ampliar la base tributaria en un sector que ha experimentado un crecimiento acelerado en los últimos años, impulsado por la digitalización y el acceso masivo a plataformas virtuales.
El Decreto 1474 también introduce cambios sustanciales en el impuesto al patrimonio, uno de los tributos que afecta directamente a los contribuyentes de mayores ingresos. El umbral para estar sujeto a este impuesto se reduce de 3.600 millones a 2.000 millones de pesos, ampliando el universo de personas naturales obligadas a pagarlo. Además, se establece un incremento progresivo de la tarifa que puede llegar hasta el 5% para patrimonios superiores a 100.000 millones de pesos, lo que refuerza el enfoque redistributivo de la medida.
En el caso del impuesto sobre la renta, el decreto impone una carga adicional al sector financiero. Las entidades sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios deberán liquidar 15 puntos adicionales, lo que se traduce en una sobretasa del 15%. Esta decisión apunta a incrementar la contribución fiscal de un sector que, según el Gobierno, mantiene niveles de rentabilidad elevados incluso en contextos de desaceleración económica.
Otra de las disposiciones relevantes es la creación de un impuesto temporal que grava la extracción de hidrocarburos y carbón en el territorio nacional. Este tributo se causa en el momento de la primera venta o de la exportación de estos productos. Los hechos generadores incluyen tanto la primera comercialización dentro o desde el país como la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque al resto del mundo. Con esta medida, el Gobierno busca capturar una mayor renta de actividades extractivas estratégicas, en un contexto de necesidad fiscal y transición energética.
El decreto también aborda el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado. En este caso, se ratifica que el hecho generador es el consumo dentro de la jurisdicción de los departamentos, incluyendo derivados, sucedáneos o imitadores del tabaco. No obstante, se excluye del impuesto al chicote de producción artesanal. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, será el encargado de certificar la base gravable para cada uno de los productos sujetos a este tributo, con el fin de garantizar un cálculo uniforme y actualizado.
Como parte de las medidas de alivio incluidas en el decreto, el Gobierno ordenó una reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios para los contribuyentes con obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias administradas por la Dian que se encuentren en mora al 31 de diciembre de 2025. Esta disposición estará vigente desde la entrada en vigor del decreto y hasta el 31 de marzo de 2026, y busca incentivar la normalización de deudas y mejorar el recaudo en el corto plazo.
El aumento de impuestos a los altos ingresos y la ampliación del IVA a nuevos sectores se enmarca en una estrategia fiscal orientada a garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas en un escenario de presión presupuestal. Desde el Ministerio de Hacienda se ha señalado que estas medidas son de carácter transitorio y responden exclusivamente a la necesidad de atender los efectos de la Emergencia Económica y Social, sin que ello implique una reforma tributaria estructural permanente.
En el análisis económico, expertos han advertido que el impacto de estas decisiones dependerá en gran medida de la evolución del consumo, la respuesta de los sectores gravados y la capacidad del Estado para ejecutar de manera eficiente los recursos adicionales que se recauden. En el caso del IVA a licores y juegos en línea, se anticipan ajustes en precios y posibles cambios en los patrones de consumo, mientras que el impuesto al patrimonio y la sobretasa al sector financiero podrían incidir en las decisiones de inversión y planeación tributaria de los contribuyentes afectados.
El Decreto 1474 de 2025 marca así un punto clave en la política fiscal del país para 2026, al consolidar un paquete de medidas que buscan equilibrar las cuentas públicas en medio de una coyuntura excepcional. La implementación de estos impuestos y alivios tributarios será determinante para evaluar el alcance real de la estrategia adoptada por el Gobierno nacional frente a la emergencia declarada.