Continúan las restricciones para motociclistas en Barranquilla hasta 2026
La Alcaldía de Barranquilla anunció la prórroga de las medidas que regulan la circulación de motociclistas en la ciudad hasta octubre de 2026, con el propósito de fortalecer la seguridad vial, reducir la siniestralidad y proteger la vida de los ciudadanos. A través del Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025, la administración distrital formalizó la continuidad de las restricciones que aplican para motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros en diferentes zonas y horarios del territorio barranquillero.
El Decreto 0703 mantiene vigentes las normas que limitan la circulación nocturna, el tránsito en el Centro y los corredores viales estratégicos, así como las condiciones de los permisos especiales. Esta decisión responde a los preocupantes indicadores de accidentalidad registrados durante 2025, año en el que se reportaron 95 víctimas fatales por siniestros de tránsito, de las cuales 53 fueron motociclistas (43 conductores y 10 pasajeros). Esto representa el 56 % del total de las muertes en las vías, una cifra que refleja la urgencia de reforzar las políticas de prevención y control.
Según la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, las principales causas de los accidentes con motociclistas son el exceso de velocidad y la falta de respeto por las señales de tránsito, factores que, sumados al incremento en el número de vehículos de dos ruedas, han generado un aumento sostenido de los siniestros.






Por ello, la administración local continuará implementando operativos de control con el apoyo del cuerpo operativo de tránsito, garantizando el cumplimiento de las normas y sancionando las infracciones establecidas por la ley.
Entre las medidas más relevantes del decreto se encuentra la restricción de circulación nocturna, vigente todos los días entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente. Solo se permite la movilidad durante este horario cuando el vehículo es conducido por su propietario, quien debe portar su licencia de tránsito y puede llevar acompañante únicamente si este está inscrito oficialmente.
Además, se mantiene la prohibición de circulación en el cuadrante del Centro de Barranquilla, delimitado por la calle 30, la carrera 46, la carrera 38 y la avenida Murillo (calle 45). Sin embargo, para facilitar el acceso a las zonas comerciales, los motociclistas pueden transitar sin acompañante entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m. en algunas vías específicas, como las calles 45, 42, 43 y 44, y las carreras 38, 40, 41, 45 y 46.
Las empresas o instituciones educativas ubicadas en la zona restringida podrán solicitar permisos especiales de circulación a través del portal digital de la Alcaldía de Barranquilla. Este trámite requiere documentos como carta de solicitud, certificación laboral o de estudios, copia de la cédula y del SOAT, además de la revisión técnico-mecánica vigente. La respuesta al trámite se entrega en un plazo de hasta ocho días hábiles.
Asimismo, el decreto exige a las personas jurídicas con flotas vehiculares acreditar la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), conforme a lo establecido por la Ley 1503 de 2011.
En cuanto a la circulación por las vías donde opera el sistema Transmetro, se prohíbe el tránsito de motocicletas las 24 horas del día. Esto aplica para la avenida Murillo (calle 45) entre la carrera 1 y la carrera 46, y la carrera 46 entre la calle 30 y la calle 74. Solo se permite la circulación entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m., sin acompañante, en algunos tramos específicos.
El corredor portuario y otros sectores estratégicos de la ciudad, como la Avenida Hamburgo, la Cordialidad y la Circunvalar, también mantienen restricciones permanentes al tránsito de motocicletas con acompañantes no inscritos. En estos puntos se permiten únicamente cruces transversales y el tránsito individual, como medida para reducir los accidentes y mejorar la movilidad.
El decreto también contempla disposiciones para el registro e identificación de acompañantes autorizados. Cada propietario o poseedor de una motocicleta podrá inscribir hasta 10 acompañantes, incluyendo su núcleo familiar y personas adicionales, a través del enlace oficial de la Secretaría de Tránsito. Solo se podrá actualizar la lista una vez al mes, y la verificación de los inscritos se realizará de manera digital.
Una de las medidas más significativas es la prohibición de circulación de mujeres embarazadas y menores de 12 años en motocicletas, decisión orientada a la protección de grupos vulnerables. También se restringe el uso de motocarros para el transporte de pasajeros, permitiendo su circulación únicamente para actividades de carga o mensajería, con las condiciones de seguridad exigidas.
Las motocicletas de alto cilindraje (superiores a 500 cc) quedan exentas de algunas restricciones, aunque deben cumplir con la prohibición de llevar niños menores de 10 años o mujeres embarazadas, y evitar las rutas de Transmetro.
El incumplimiento de estas disposiciones acarreará sanciones severas. Los infractores serán multados con 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $603.939, y sus vehículos podrán ser inmovilizados, conforme al artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.
La secretaria distrital de Tránsito y Seguridad Vial, Yaciris Cantillo Romero, reiteró que la prioridad del Distrito es salvaguardar la vida de los ciudadanos. “Con esta renovación reafirmamos nuestro compromiso con una movilidad más segura, organizada y responsable en Barranquilla. Nuestro objetivo es reducir los siniestros y promover una cultura vial basada en el respeto y la prevención”, aseguró la funcionaria.
Estas políticas de regulación de motociclistas forman parte de un enfoque integral de seguridad vial que Barranquilla viene fortaleciendo desde años anteriores. El Distrito ha incrementado los controles tecnológicos, la señalización en puntos críticos y las campañas educativas dirigidas a motociclistas y peatones.